REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de julio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-L-2004-000391
Vista la transacción extrajudicial celebrada entre las partes en fecha nueve (9) de julio de dos mil cuatro (2004), este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, le imparte su homologación en todas y cada una de sus partes de conformidad con el artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, articulo 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 9 y 10 del Reglamento, en consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento por cobro de prestaciones sociales intentado por el ciudadano ARKIN ANTONIO CORDOVA, contra la empresa PROTECCION Y VIGILANCIA, C.A. “PROVICA”. Asimismo, este Juzgado acuerda de conformidad con lo solicitado en la transacción antes mencionadas expedir dos juegos de copias certificadas de los folios que cursan desde el veinte (20) al veintiséis (26), ambos inclusive, de igual forma se ordena el archivo del presente expediente. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez,
El Secretario Acc,
Abg. María José Carrión G.
Abg. Omar Martinez.