REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve (19) de julio de dos mil cuatro
194º y 145º

N° DE EXPEDIENTE: BP02-S-2004-000714
PARTE ACTORA: ANGELBERT TREJO GARCIA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: "DESCONCIDOS"
PARTE DEMANDADA: IMPORTACIONES COLON, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: "DESCONOCIDOS"
MOTIVO: SOLICTUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS.

En el día hábil de hoy diecinueve (19) de julio de dos mil cuatro (2004), siendo las 3:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora ni la demandada de autos, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, aún cuando el ciudadano Alguacil procedió a realizar el llamado a las partes involucradas en al presente causa conforme a la Ley, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 145 ° y 193 °.
La Juez

Abog. María José Carrión G.
La Secretaria


Abg. Romina Vacca.
Seguidamente y en esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado, siendo las 3:20, p.m. Conste:


La Secretaria,


MJCG/RV.