ACTA
N° DE EXPEDIENTE: BP02-L-2003-002711.
PARTE ACTORA: ALCIDES TIAPA.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RAFAEL RAMIREZ OBANDO.
PARTE DEMANDADA: TRABAJOS INDUSTRIALES Y MECANICOS,C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DILZA MEDINA MAITA.
MOTIVO: ENFERMEDAD PROFESIONAL.
En el día hábil de hoy ocho de julio de dos mil cuatro, siendo las 9:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, dejando constgancia de la comparecencia de la Apoderada Judicial de la parte demandada Abogado en ejecicio DILZA MEDINA MAITA, INPREABOGADO N° 38.633, según se evidencia de de instrumento Poder, autenticado por ante la Notaría Pública Segunda de Valencia Estado Carabobo, en fecha 11-05-2004; anotado bajo el N° 31, Tomo 72, de los libros de autenticaciones llevado por esa notaría el cual consigan en copias simples, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 145 ° y 193 °.
La Juez,
Abg. Maria José Carrión G.
La Secretaria,
Abg. Romina Vacca.
La Compareciente,
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