REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal PrimeroTransitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de julio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-R-2004-000249
Visto el escrito presentado por los Abogados RAMON GASPAR GALINDO y VIRGILIO RAFAEL PADILLA SIFONTES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 8.778 y 80.777, en su condición de apoderados judiciales del ciudadano EDGAR CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.731.124, en su condición de parte demandante y por el Abogado GERARDO SOTO DIAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.731, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil ZULIANA DE AISLAMIENTOS INDUSTRIALES C.A. (ZAICA) constituida por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha ocho (08) de enero de 1975, anotado bajo el Nro. 4, Tomo: 6-A., parte demandada en el presente proceso, mediante el cual solicitan la Homologación de la Transacción suscrita entre las partes, inserta a los folios dieciseis (16) al veinte (20) del presente expediente. Este Tribunal por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho y la transacción no versa sobre materias en las cuales este prohibida, le imparte su homologación en toda y cada una de sus partes, conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del Artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley del Trabajo y el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole carácter de cosa Juzgada, en consecuencia se da por terminado el presente Juicio. Así mismo se acuerda conforme a lo solicitado, expedir copias certificadas de la referida transacción y del presente auto. Regístrese, Guárdese copia certificadas de la presente homologación y se ordena su archivo. Cúmplase.-
La Juez Temporal,
Abg. Carmen Cecilia Fleming La Secretaria Acc.,
Abog.Sofía Acosta
En esta misma fecha de hoy, siendo las 10:15 am se publicó la anterior decisión. Conste
La Secretaria Acc.,
Abog.Sofía Acosta
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