REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, doce de julio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-000712
Vista la diligencia de fecha dos (02) del mes de Julio del presente año, cursante al folio veintisiete (27) del presente expediente, suscrita por la abogada en ejercicio JANETH C. VELASQUEZ, con su caracter acreditado en autos y el contenido de la misma. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoategui, Sala de Juicio N° 02, acuerda de conformidad, la citación por carteles del ciudadano FABIAN HERRERA NAVAS, para que comparezca por ante esta Sala de Juicio N° 02, en horas comprendidas de ocho y treinta (8:30.am) de la mañana y dos y treinta (2:30. pm) de la tarde, dentro de los quince (15) días de Despacho siguientes a la última formalidad cumplida referente a la publicación, consignación y fijación que del Cartel se haga, el cual será publicado en el Diario “EL TIEMPO” de esta localidad. Asimismo debe ser fijado a las puertas del Tribunal, a los fines de darse por citado en el Juicio de DIVORCIO, intentado por la abogada en ejercicio JANET C. VELASQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 96.303, en su condición de Apoderada Judicial de la ciudadana BEYSY BEATRIZ SOTO CHOURIO, donde se encuentran involucrada la adolescente SHALIMAR DE LAS MERCEDES "HERRERA SOTO", de quince (15) años de edad actualmente.-
Se le ADVIERTE que de no comparecer en el lapso señalado, se le designará Defensor, con quien se entenderá la citación, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 461 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.- Líbrese Cartel.-
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N° 02.-
DRA. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. MELISSA AZOCAR.-
AJD/lba.-