REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de julio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-001605
Por recibida la anterior solicitud de REGIMEN DE VISITAS, propuesta por el ciudadano LUIS RODOLFO PARDO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.191.442, y con domicilio en la ciudad de Barcelona, Tronconal II, sector 2, vereda 14, N° 05, asistido por el Abogado en ejercicio ASDRUBAL JOSE MATA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.761, actuando en nombre de su hija actualmente, junto con los recaudos que en ella se mencionan todo constante de siete (07) folios útiles.- Désele entrada.- Fórmese expediente.- Admítase.- De conformidad con el Articulo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.- En consecuencia se acuerda citar a la Ciudadana MILAGROS ESPERANZA PRADO VARGAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.154.207, domiciliada en la ciudad de Barcelona, Tronconal II, sector 2, vereda 10, casa 20, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº.02, al Tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a los fines de que dé contestación a la presente demanda. Librese Boleta de Citación. Se le advierte que en la misma oportunidad se verificará un Acto Conciliatorio entre ambas parte a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m). Notifíquese a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del inicio de la presente solicitud. Librese Boleta de Notificación.
LA JUEZ UNIPERSONAL N°. 02.
DRA. ANA JACINTA DURAN
LA SECRETARIA.
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.
AJD / CA.