REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de julio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-001357

Vistos: El escrito de fecha 01 de Julio del 2004, de AUTORIZACION PARA VIAJAR, presentado por la ciudadana SANDRA DEL VALLE MARTINEZ DE RIART, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 9.280.835, domiciliada en la Urbanización El Recreo, Tercera Calle, casa N° 02, Barcelona, Municipio Bolívar, Estado Anzoátegui; quien actúa en representación de los adolescentes SANDRA MARIA y LEONARDO JOSE RIART MARTINEZ de 12 y 15 años de edad respectivamente, en la cual solicita la debida autorización de este Tribunal, para que sus hijos los adolescentes SANDRA MARIA y LEONARDO JOSE RIART MARTINEZ de 12 y 15 años de edad respectivamente, viajen en su compañia a la ciudad de VILLAHERMOSA-TABASCO de MEXICO a reunirse con su padre, ciudadano FEDERICO RIART MARCO, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 5.530.694 y en plan de vacaciones escolares por el lapso de tres (3) meses, asimismo consta en autos la autorización del padre de los adolescentes, ciudadano FEDERICO RIART MARCO, lo expresado por los adolescentes SANDRA MARIA y LEONARDO JOSE RIART MARTINEZ, y las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas ANA CAROLINA NAVARRETE y GLORIA AIDA AGUANA MARTINEZ insertas a los folios 3, 11, 12, 13 y 14 del expediente y por haber cumplido debidamente con los requisitos exigidos por la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, ésta SALA DE JUICIO N° 01 del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, en uso de sus atribuciones legales y en interés Superior de los adolescentes SANDRA MARIA y LEONARDO JOSE RIART MARTINEZ de 12 y 15 años de edad respectivamente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE, a los adolescentes SANDRA MARIA y LEONARDO JOSE RIART MARTINEZ de 12 y 15 años de edad respectivamente, para que viajen en compañia de su madre ciudadana SANDRA DEL VALLE MARTINEZ DE RIART, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 9.280.835, a la ciudad de VILLAHERMOSA-TABASCO de MEXICO, a reunirse con su padre, ciudadano FEDERICO RIART MARCO, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 5.530.694 y en plan de vacaciones escolares por el lapso de tres (3) meses. Expídase por Secretaria copia certificada de la presente decisión y entréguesele a la parte interesada a los fines legales consiguientes. Se acuerda el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial de este Estado. Cúmplase. Y ASI SE DECIDE.
LA JUEZ Nº 01.

Dra. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN.
LA SECRETARIA Acc.
Abg. Brenda Castillo.