REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de julio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-Z-2004-001630

Por recibida la anterior solicitud de HOMOLOGACION DE REGIMEN DE VISITAS, presentada por la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público Dra. MARY LOURDES FERRER, actuando en nombre y representación de los niños y adolescente: ANDRES JOSE, ANGEL LUIS, JHON ALEXANDER Y JORMALI DEL VALLE SALAZAR BENAVIDES de Catorce (14), seis (06), Cinco (05), y diez (10) años de edad respectivamente, todo constante de Seis (07) folios útiles. Désele entrada.Fórmese expediente. Vista el acta de fecha 13 de julio de 2004, cursante al folio Cinco (05) del presente expediente, suscrita por los ciudadanos: CARMEN LUISA BENAVIDES DE SALAZAR Y JORGE ANDRES SALAZAR GRANADILLO Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad personal Nros. 9.347.627 y 8.256.971, y domiciliados: la primera en Urbanizacion Las Palmitas, Sector 30, N°15, Flor Amarillo, Valencia Estado Carabobno y el segundo en: Barrio Fernandez Padilla, N°.82-15, Barcelona Estado Anzoategui, quienes de mutuo acuerdo convinieron en lo siguiente: "La madre ciudadana Carmen Benavides quien reside en la ciudad de Valencia, podra venir una (01) vez al mes a ver a sus hijos contados a partir del mes de Septiembre, los meses de vacaciones serán compartidos en partes iguales, es decir, un mes con la madre y otro con el padre, este año será a partir del día 25 de julio hasta el día 25 de Agosto del año en curso, en el mes de Diciembre, el día 25-12-04 los niños estarán con la madre y el 31-12-2004 con el padre, asi mismo las Vacaciones de Carnaval y Semana Santa, previo acuerdo entre los mismos". Es todo". En consecuencia, esta Sala de Juicio N° 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y tomando en consideración el interés superior de los niños y adolescente ANDRES JOSE, ANGEL LUIS, JHON ALEXANDER Y JORMALI DEL VALLE SALAZAR BENAVIDES y por ser beneficioso para ellos HOMOLOGA, en todas y cada una de sus partes lo convenido por sus padres, decisión esta que tendrá fuerza ejecutiva como lo establece la el artículo 375 de la antes mencionada Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase por Secretaría dos (02) copias certificadas de la presente decisión y entréguese a los interesados a los fines legales consiguientes. Así mismo se acuerda devolver los originales. Y por cuanto el Tribunal observa que no existen más actuaciones que cumplir acuerda dar por terminado el presente expediente y ordena su remision a el archivo judicial. - CÚMPLASE.-

LA JUEZ UNIPERSONAL N° 01

DRA. GLADYS SÁNCHEZ DE GUZMÁN
LA SECRETARIA ACC