REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinte de julio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BH06-Z-2001-000210
Viisa la comunicación de fecha 11-07-2004, suscrita por el ciudadano GIOVANNY ORTIZ, en su carácter de Director de la Asociación Benefactora del Niño Sin Asistencia, Barcelona, en la cual solicita la debida autorización de este Tribunal para que el Adolescente RAMON ISSAC MICTIL, quien se encuentra bajo sus cuidados y protección pueda viajar a los Estados Unidos de Norteamerica durante el lapso del 03 de Agosto al 28 de Agosto del presente año quien irá representado por la ciudadana ANA VELASQUEZ, titular de la cedula de Identidad N° 13.580.337, para un intercambio entre los adolescentes de los difierentes hogares, en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Sala de Juicio N° 01 de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales y en Interés Superior del adolescente RAMON ISAAC MICTIL, de (16) años de edad, establecido en el Articulo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente el cual es obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones concernientes a niños y adolescente para asegurar su desarrollo integral asi como el disfrute pleno y efecctivo de sus derechos y garantias, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE, al adolescente RAMON ISAAC MICTIL, de dieiciseis (16) años de edad para que viaje a los Estados Unidos de Norteamerica en compañia de la ciudadana ANA VELASQUEZ, titular de la cédula de Identidad N° 13.580.337 , en el lapso comprendido desde el dia 03 de Agosto al veintiocho (28) de Agosto del presente año, quedando facultada la expresada ciudadana para firmar por ante la Oficina de Identificación y Extranjeria todo lo relativo a lo tramites relacionado con el presente viaje. Expídase copia certificada de la presente decisión y entreguésele al solicitante a los fines legales consiguientes.-
EL JUEZ UNIPERSONAL SALA N° 01,
DRA. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN.
LA SECRETARIA ACC,
Abog. BRENDA CASTILLO.-
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