REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de julio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-Z-2004-001709
Por recibida la presente solicitud de Medida de Colocación Familiar presentada por la Fiscal Especializada Décimo Quinta del Ministerio Público Dra. MARY LOURDES FERRER, actuando en representación del niño JOSE LUIS MEJIAS, de Seis (06) años de edad, todo constante de cinco (05) folios útiles.- Désele entrada. Admítase por ser procedente.- Fórmese expediente. Anótese en los libros respectivos. Por ser este Tribunal competente para conocer de dicho asunto, conforme al articulo 129 y 126, literal “I” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, esta Sala de Juicio Nº 01, acuerda practicar las siguientes diligencias: Cítese a los ciudadanos JESUS ANTONIO TOVAR GUEVARA (guardador del niño de autos), y a la ciudadana ROSA ANGELICA MEJIAS GAMARDO (progenitora del niño de autos), para que comparezcan por ante este Tribunal al tercer (3er) día de despacho siguiente a su citación a las once y media (11:30 a.m.) de la mañana, a los fines de que expongan lo que crean conveniente en relación al presente caso. Líbrese boletas de citación; Asi mismo, se acuerda la práctica de un informe social en el hogar donde habita el niño y la práctica de sendas evaluaciones psicológicas y psiquiátricas a todo el grupo familiar; comisionándose para tal fin al Equipo Multidisciplinario de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quienes estando presentes se dieron por enterados de la comisión a cumplir.
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 01

DRA. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN

El Equipo Multidisciplinario



La Secretaria