Visto el escrito interpuesto, por la Abogada MYRIAM GALINDO , actuando en su propio nombre y representación como parte demandante, mediante la cual DESISTE del procedimiento que por Cobro de Pasivo Laboral ejerciera contra el Instituto Autónomo de Policía del Municipio Lic. Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui; en consecuencia, este Tribunal, visto el anterior planteamiento, HOMOLOGA el desistimiento de la acción, por no ser contrario a derecho y ordena remitir el presente expediente al archivo judicial.
Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada.

La Juez,


Dra. María Teresa Díaz Marín
La Secretaria,


Abog. Mariela Trías Zerpa.