REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y MENORES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito,y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de junio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-O-2004-000126
Vista la inhibición planteada por el DR. JAIME LEOPOLDO ROLINGSON HERRERA, en su condición de Juez Superior Provisorio del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, en el ASUNTO BP02-O-2004-000126, contentivo de ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, ejercida por el abogado en ejercicio PEDRO LUIS PEREZ BURELLI, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA S.A., contra actuaciones del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN, fundamentada dicha inhibición en la causal 18º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, por enemistad manifiesta, existente entre su persona y la del Dr. Augusto Adolfo Calzadilla, co- apoderado de la parte accionante; este Tribunal Superior Accidental conforme a lo establecido en el artículo 88 ejusdem, declara Con Lugar dicha inhibición , por estar fundamentada en causal legal. Así lo declara administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
El Juez Superior Acc.,
Dr. Francisco Duran Delgado
La Secretaria,
Abg.María Eugenia Pérez