REPÚBLICA BOLIVARANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de junio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-R-2004-000631
En el día hábil de hoy, nueve (09) de junio de 2004, siendo las 11:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia oral y pública, con motivo del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra sentencia de fecha 24 de Mayo de 2004, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui-Barcelona, en el juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoado por el ciudadano RAMON ANTONIO VIDAL, contra la empresa TRANSERCON, C. A. y PDVSA PETROLEOS, S. A.- Se anunció dicho acto conforme a la ley, se deja constancia que la misma será reproducida en forma audiovisual, conforme lo dispuesto en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, serial No 441463, en un video casette, manipulada por el Técnico Audiovisual, ciudadano JESUS GUEVARA, titular de la cédula de identidad No V- 11.904.682 adscrito a la Coordinación Judicial Laboral de Barcelona, Estado Anzoátegui, y no habiendo comparecido la parte apelante ni por sí, ni por medio de Apoderado alguno, este Tribunal de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, CONSIDERA DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION intentado contra sentencia de fecha 24 de Mayo de 2004, dictada por el Juzgado de la causa, así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Regístrese, publíquese, déjese copia certificada de esta decisión y bájese el expediente al Tribunal de origen.
LA JUEZA,
ABG. CORALLYS CORDERO DE D’INCECCO
LA SECRETARIA,
ABG. ANALY SILVERA
CCdeD/AS/nma
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