REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 26 de Junio de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-006999
Visto el escrito presentado por el Dr. RAMON HERNANDEZ LEGON, en su carácter de Fiscal 9° (Aux.) del Ministerio Público de este Estado, mediante el cual coloca a disposición de este Tribunal de Control del Circuito Judicial del Estado Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en calidad de detenido a la imputada: AMARILIS JOSEFINA MASA, por la comisión del delito POSESIÓN ILÍCITA DE ESTUPEFACIENTES, previstos en la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en su artículo 36, asimismo solicito se acuerde Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad y la aplicación del procedimiento Ordinario. Igualmente solicitó se sirva fijar hora y fecha a los fines de dejar constancia de la cantidad, peso, tipo de envoltorio y cualquier otra circunstancia que se considere pertinente de la sustancia que fue incautada, que se encuentra en calidad de depósito en la Zona N° 01 de la Policía del Estado. Y oído como fue la imputada debidamente asistido por su Defensora Pública Penal, DRA. NELIDA BASILE DRIJA, previamente designada, este Tribunal para decidir observa:

-ACTA POLICIAL, cursante al folio 3, de fecha: veinticuatro de Junio del Año Dos Mil Cuatro, suscrita por el Distinguido (IAPANZ) IRMA ROJAS, adscrita al Distrito Policial N° 15 de la Zona N° 01 , quien entre otras cosas deja constancia; "...operativo denominado "CERO TOLERANCIA" por los diferentes sectores de Tronconal III,...nos desplazábamos por la calle 9 a la altura de tercer estacionamiento...avistamos a varios ciudadanos entre ellos una fémina, a los cuales le dimos la voz de alto la cual acataron,...se les efectuó una inspección corporal, a los ciudadanos, no encontrándoseles ninguna evidencia de interés...una inspección a la ciudadana encontrándole específicamente en el bolsillo delantero derecho del pantalón blue jeans corto que vestía UN ENVASE DE PLATICO COLOR AZUL, CON LAS LETRAS GILLETTE, DE COLOR BLANCO CONTENTIVO ESTE DE VENTIDOS (22) ENVOLTORIOS DE PAPEL ALUMINIO, CONTENTIVOS ESTOS A SU VEZ DE UNA SUSTANCIA COMPACTA DE COLOR BLANCO, PRESUNTAMENTE DROGA, la ciudadana fue identificada como: AMARILIS JOSEFINA MASA...".

-ACTA DE ENTREVISTA, cursante al folio 4, de fecha: 24-06-2.004, suscrita por el Funcionario CABO/1°.(IAPANZ) CARLOS GODOY, correspondiente al ciudadano: MIGUEL OCTAVIO MUÑOZ MAESTRE, quien entre otras cosas expuso: "...se presento una unidad de la policía... y pararon a una mujer que se encontraba en una vereda...y en nuestra presencia , uno de los policías que era una mujer le sacó de uno de los bolsillos a la mujer que tenia parada un estuche plástico de color azul...y lo abrió...en el envase tenia dentro varios bojotitos pequeños de color plateado y abrió uno de ellos y este tenia dentro unos terroncitos duros de color blanco...".

-ACTA DE ENTREVISTA, cursante al folio 5, de fecha: 24-06-2.004, suscrita por el Funcionario CABO/1°. (IAPANZ) CARLOS GODOY, correspondiente al ciudadano: LUIS HERREA ROYET, quien entre otras cosas expuso: "...una mujer policía le sacó de uno de los bolsillos a una mujer que tenia parada, un estuche plástico de color azul...tenia dentro varias envolturas pequeñas de color plateado...tenia dentro un trocito duro de color blanco...".

Vistas todas las actas procesales, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta Medida Cautelar Sustitutivas, de conformidad con los establecido en el 256 Ordinales 3° y 5°, que consiste en 1°) Presentación periódica ante este Tribunal, cada Quince (15) día y 2°) Prohibición de concurrir a lugares donde se presuma la venta de sustancias estupefacientes y alcoholes. SEGUNDO: El procedimiento a seguir es el Ordinario. TERCERO: Se fija el día 30-06-2.004, a las 2:00 de la tarde, la oportunidad para realizar Inspección a la Sustancias decomisada, debiéndose remitir oficio al Laboratorio Científico, Comando Regional N° 07 de la Guardia Nacional, a fin de que los expertos se trasladen en la fecha y hora indicada a este Juzgado. CUARTO: Remítase oficio a la Zona Policial N° 01, participando lo conducente. Y así se declara.

Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta La inmediata libertad del imputado AMARILIS JOSEFINA MASA, titular de la cédula de identidad Nº 17.237.505, Venezolana, natural de Barcelona-Anzoátegui, donde nació en fecha: 22-02-86, de 18 años de edad, soltera, de profesión u oficio del estudiante de Bachillerato en la Misión Ribas, hija de MARGO DEL ROSARIO MASA (V) Y HENYER CASTAÑEDA (V), residenciada en Tronconal III, Vereda 33, Sector 3, Casa N° 07, Barcelona-Anzoátegui; en virtud de haberle acordado Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de la Libertad, contenidas en los ordinales 3° y 5 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. El procedimiento a aplicar es el Ordinario. Líbrese el correspondiente oficio. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL N° 01 DE GUARDIA.,

DRA. JOSEFINA SALAZAR DE GUERRA.



LA SECRETARIA DE GUARDIA.,

ABOG. ANA LUCILA ACOSTA.
L3.