REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 29 de Junio de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2003-000732
Visto el escrito presentado por la Defensora Dra. NELMAR CONTRERAS DE BATATIN, Defensora Pública Penal del imputado HECTOR ANDRES MOSQUEDA HERNANDEZ, mediante el cual soliita revisión de la Medida Privativa de Libertad, este tribunal ACUERDA NEGAR DICHA SOLICITUD, en virtud de que las circunstancias de tiempo , modo, lugar, en que sucedieron los hechos, así como las circunstancias del proceso penal incoado en su contra por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 460 del Codigo Penal, no han variado razonablemente, para obtener elementos de convicción a los efectos de revisar la Medida Privativa y otorgar otra menos gravosa. Así se decide. Cúmplase. Notifíquese a las partes.
LA JUEZ DE CONTROL N° 1
DRA. JOSEFINA SALAZAR DE GUERRA
LA SECRETARIA,
ABG. ANA CECILIA VALERIO RIOS
geraldina
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