REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecucion de Barcelona
Barcelona, 1 de Junio de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-1999-000371
ASUNTO : BP01-P-1999-000371


Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada en fecha 27 de enero de 2004, por el Tribunal de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante el cual decreta el sobreseimiento de la causa a favor de la ciudadana ROSA ESTILITA HERRERA, titular de la Cédula de Identidad N° 8.214.010, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° en relación con los artículos 454 y 48 ordinal 7°, todos del Código Orgánico Procesal Penal, respecto al delito de LESIONES PERSONALES GRAVES EN RIÑA, tipificado en el artículo 417 del Código Penal.

En consecuencia este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a la ciudadana ROSA ESTILITA HERRERA, en relación a la presente causa. Oficiese al Ministerio de Interior y Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, al Jefe de la División de Información del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticos, Delegación de Barcelona, a objeto de que eliminen las posibles solicitudes de captura que pesan sobre la mencionada ciudadana, en relación a la causa N° E-919.601, nomenclatura extinta PTJ, Barcelona.

Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado. Dr. JOSE LUIS AZUAJE, a la Defensa Pública Penal, Dra. MARISOL AGUILARTE, a la ciudadana ROSA ESTILITA HERRERA. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION N° 01,

DRA. YDANIE ALMEIDA GUEVARA

LA SECRETARIA,

ABG. AIDA ELENA RAMOS

YAG/arz