REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecucion de Barcelona
Barcelona, 10 de Junio de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-011713
ASUNTO : BP01-P-2004-000048
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada en fecha 15-04-2004, por el Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante el cual Decreta El Sobreseimiento de la Causa, a favor del ciudadano: RONALD JOSE CHACON TORRES, títular de la Cédula de Identidad N° V- 16.478.560, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, respecto al delito de: HURTO CALIFICADO, tipificado en el artículo 455 Ordinales 3° y 4° del Código Penal.
En consecuencia, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano:RONALD JOSE CHACON TORRES.
Oficiese al Ministerio de Interior y Justicia , a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjeria del Ministerio de Relaciones Interiores, al Jefe de la División de Información del Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas, a objeto de que eliminen las posibles solicitudes de captura que pesan sobre el mencionado ciudadano, en relación a la presente causa .
Igualmente remitase en su forma original la presente causa, en su debida oportunidad legal.
Notifiquese al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado, a la defensa y al ciudadano:Ronald José Chacón Torres.Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION N° 01.,
DRA. YDANIE ALMEIDA GUEVARA
LA SECRETARIA.,
ABOG. AIDA ELENA RAMOS. YAG/msdh.
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