REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictadaen fecha 26-10-2001, por el Tribunal de Control N° 04 de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, mediante la cual condenó al penado: ALEXANDER RAFAEL HUDLES SOLORZANO, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.389.918, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE CONTINUIDAD, previsto y sancionado en el artículo 460 en concordancia con el artículo 99, ambos del Código Penal Venezolano.
Ejecútese la mencionada sentencia. efectúese el cómputo de conformidad con lo establecido en el artículo 475 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con el artículo 477 Ejusdem, a tal efecto se observa:
Que el penado: ALEXANDER RAFAEL HUDLES SOLORZANO, fue detenido en fecha 22-01-2001 y puesto en libertad en fecha 28-06-2001, evidenciándose que permaneció detenido un tiempo igual a CINCO (05) MESES y SEIS (06) DIAS, y condenado como ha sido a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, se observa que le falta por cumplir de la totalidad de la misma un tiempo igual a SIETE (07) AÑOS, SEIS (06) MESES y VEINTICUATRO (24) DÍAS.
Ordenándose como sitio para el cumplimiento de la pena el Internado Judicial "José Antonio Anzoátegui", en consecuencia se ordena oficiar a la División de Investigaciones Penales, Dirección de Captura (CICPC), Caracas, ordenando su captura e ingreso al referido Centro Penitenciario, donde quedará a la orden de este Tribunal. Líbrese Boleta de Notificación a la defensa, Dr. LUIS ALFREDO ROJAS, al Fiscal de Ejecución y Sentencia, Dr. JOSE LUIS AZUAJE BENITEZ. Líbrese oficio a la División de Investigaciones Penales, Dirección de Captura, al Director de Prisiones del Ministerio del Interior y Justicia, División de Antecedentes Penales, Caracas y Boleta de Encarcelación a nombre del penado ALEXANDER RAFAEL HUDLES SOLORZANO. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION N° 02,
DRA. BOLIVIA ALVAREZ MELENDEZ
LA SECRETARIA,
ABOG. IRMA FERMIN