REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecucion de Barcelona
Barcelona, 25 de Junio de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-1999-001171
ASUNTO : BP01-P-1999-001171
Vista la Presente Causa, según consta en autos el Juzgado Superior Primero en lo Penal de la Circunscripción Judicial Penal Circuncripción Judicial del Estado Anzoáteguí, en fecha ocho (08) de Noviembre de 1996, condenó al ciudadano SAMUEL JOSE GONZÁLEZ ABAD titular de la cédula de Identidad 14.016.260 a cumplir la pena de CUATRO (04) años de Presidio por la comisión del delito de ROBO SIMPLE previsto y sancionado en el articulo 457 del Código Penal.
Ahora Bien, el Juzgado Sexto de Primera Instancia en fecha 04 de diciembre de 1996, ejecutó la sentencia definitivamente firme por el tribunal anteriormente mencionado del penado SAMUEL JOSE GONZÁLEZ ABAD, el cual le fue otorgado el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena hasta el día nueve (09) de Febrero de 2000, dando cumplimiento a las condiciones impuestas por la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, según consta en informe de fecha 08 de Junio de 2004.
En consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Extinta la Resposabilidad Criminal por Cumplimiento de Pena del Penado SAMUEL JOSE GONZÁLEZ ABAD conforme a lo establecido en el artículo 105 del Código Penal.
Oficiese al Ministerio de Interior y Justicia, a la Oficina de Identificación y Extranjeria del Ministerio de Relaciones Interiores y al Jefe de la División de Información del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Delegacion de Barcelona a objeto que eliminen las posibles solicitudes de captura que pesen sobre el referido ciudadano en relación a la presente causa. Notifiquese al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia Dr. Jose Luis Azuaje, al Penado SAMUEL JOSE GONZÁLEZ ABAD, a su domicilio en la siguiente dirección Segunda entrada de la calle EL TREBOL, casa N°53, Barrio la Orquídea, Barcelona, Estado Anzoátegui.
Remitase la presente causa en su original al Archivo Judicial Penal para su cuido y custodia.
Juez deEjecución Nro. 02
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Dra. BOLIVIA ALVAREZ MELENDEZ
SECRETARIA
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Abog: IRMA FERMIN