REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de junio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-F-2004-000099

Visto la anterior diligencia presentada en fecha 10 de junio de 2004, por la ciudadana ANA MARIA PETER, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 5.147.989, asistida por la abogada en ejercicio CARMEN VICTORIA LOPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.718, mediante la cual DESISTE del presente procedimiento de Pensión de Alimentos, éste Tribunal, HOMOLOGA dicho desistimiento conforme a lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se da por terminado el presente juicio. Archivese el expediente.- Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.-
EL JUEZ TEMP.,

HENRY AGOBIAN VIETTRI
LA SECRETARIA,

JORGYMAR PUMAR S.