Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui


ASUNTO : BH01-V-1999-000030

Por auto de fecha 01 de Junio del 2000, se admitió demanda de INTIMACION y ESTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, intentado por la abogada YOLANDA GARCIA, venezolana, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 64.119 y titular de la cédula de identidad No. 11.422.368 en contra de la Asociación Civil VIRGEN DEL VALLE, inscrita en el Registro Subalterno del Distrito Sotillo del Estado Anzoátegui, en fecha 01 de Junio del 1.993, bajo el No. 46, folios 291 al 300, Protocolo Primero, Tomo 08, Segundo Trimestre.-1.997.
Del análisis de las actuaciones contenidas en el presente juicio, observa este Tribunal, que desde el día 26 de Octubre del 2.000, la parte actora no le ha dado el impulso procesal correspondiente al presente procedimiento.

El Tribunal para decidir observa:

Dispone el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezado lo siguiente “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.- La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención"...
En el presente caso, considera quien sentencia, que la parte demandante no ha cumplido con las obligaciones que impone nuestro ordenamiento jurídico vigente para la continuación del procedimiento, por cuanto la función pública del proceso exige que este, una vez iniciado, se desenvuelva répidamente, hasta su meta natural, que es la Sentencia, en tal virtud, este Despacho considera que debe declararse la Perención de la Instancia en la presente causa, y asi se declara.

DECISION.

Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia, Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente juicio de INTIMACION y ESTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES intentado por la abogada Yolanda García en contra de la Asociación Civil Virgen del Valle, ambos plenamente identificadas anteriormente. Así se decide.

Registrese y Publiquese, Déjese copia de esta decisión.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, En Barcelona, a los 16 dias del Mes de Junio del 2.004.- Años: 194° de la Independencia y 145° de la Federación..

El Juez, Temp.

Henry Agobian Viettri

La Secretaria,

Jorgymar Pumar