REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de junio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-V-2003-000487
Visto el Escrito de Promoción de Pruebas, presentado por el Abogado EDWARDS BENCOMO, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada, éste Tribunal los agregados a los autos; y visto, asimismo, el Cómputo realizado de los días de Despacho transcurridos desde el 26 de Mayo del 2.004 (exclusive) hasta el 11 de Junio del 2.004 (inclusive), correspondientes al lapso probatorio, este Tribunal niega la admisión de dichas Pruebas, por cuanto como se evidencia de dicho Cómputo las mismas fueron promovidas extemporáneamente. Así se decide, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela.
El Juez Temporal,

Henry José Agobian Viettri
La Secretaria,

Jorgymar Pumar

/Amelia