REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, Veintiuno de Junio de Dos Mil Cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BH01-V-2001-000020
Visto el Convenimiento suscrito en fecha 05 de Diciembre del año 2001., por el demandado ciudadano YUET HUNG FUNG SHUM, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.273.169, a través del Abogado en Ejercicio MARCO ANTONIO LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 87.076, por una parte;Y por la otra la Abogada en ejercicio ELEONORA ZANCANARO, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 84.398, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del demandante ciudadano: LUCIANO FISTAROL BERNARDI, Italiano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 787.153, partes involucradas en el presente juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, el cual tuvo lugar en el acto de Embargo Preventivo efectuado por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. .- Este Tribunal por cuanto el mismo no es contrario a derecho, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho convenimiento en la misma forma, términos y condiciones por ellos expuesto, en tal sentido se procede como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada y se da por terminado el presente procedimiento. Asimismo se ordena la devolución de los recaudos originales acompañados al libelo de la demanda, previa su certificación dejada en autos a los solicitantes, a los fines consiguientes.- Hecho lo cual se ordenará el archivo del expediente.-
Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.

El Juez Temporal,

Henry Agobian Viettri
La secretaria,

Jorgymar Pumar S.