REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, Veintiuno de Junio del dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-V-2003-000364

Vista la diligencia que antecede de fecha 14 de Junio del 2.004, suscrita por la abogada LISBELY G. TENORIO MONTBRUN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.863.533, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 53.184, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante ciudadana NELLY CURIEL DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.731.314 de este domicilio, en donde Desiste del presente procedimiento, este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho desistimiento en los términos expuestos. Se dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Asi se decide.

El Juez, Temp.


Henry Agobian Viettri.
La Secretaria,


Jorgymar Pumar S.