REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de junio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO: BH02-F-2003-00013
Visto el contenido de la diligencia suscrita por la ciudadana, ZURAIMA COLON REYES, en su carácter de parte demandante asistida en este acto por la Abogada KELLY CRISTINA DA COSTA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 100.112, en fecha 09 de Junio de 2004, el Tribunal HOMOLOGA el desistimiento hecho por la referida ciudadana, en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito y de conformidad con la Ley. Asimismo se ordena la devolución de los recaudos originales solicitados, previa su certificación en autos, a excepción a los señalados con las letras E, F, G, H, por cuanto los mismos corren a los autos en copias simple, en consecuencia se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ PROV.,


DRA. IDA TINEO DE MATA.
LA SECRETARIA,


ABG. MIRLA MATA ROJAS.
NOTA: Se solicitan fotostátos para proveer.- Conste,
LA SECRETARIA,


ABG. MIRLA MATA ROJAS.