REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho de junio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-F-2004-000140

Visto el anterior asunto contentivo de LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL, presentado por los ciudadanos WILLIAMS FRANCISCO UZCATEGUI CABRICES y TANIA ARAIMA MORILLO AGUILERA, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 8.027.156 y 6.230.264, respectivamente, asistidos por la abogada LEVIS MARILYN FERNANDEZ DA SILVA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 52.068, el Tribunal HOMOLOGA dicho asunto en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito. Asimismo se ordena expedir copias certificadas solicitadas del escrito que lo solicita y del presente auto. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ PROV.,

DRA. IDA TINEO DE MATA.
LA SECRETARIA,

ABOG. MIRLA MATA ROJAS.
NOTA: Se solicitan copias fotostaticas para proveer. Conste.
LA SECRETARIA,

ABOG. MIRLA MATA ROJAS.