REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de junio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BH03-V-2002-000055
Habiendo intentado el Dr. VICTOR MARTINEZ , abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.143,, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de ADELIS RAFAEL RAMIREZ LIZIER , demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE VENTA CON PACTO DE RETRACTO, en contra LUIS SUBERO AGUILERA Y MAUDEIS JOSEFINA DIAZ MACHADO., a este Tribunal le correspondió por Distribución de fecha: 17 de JULIO de 2.002, el conocimiento de la presente causa.
Por auto de fecha: 07 de Agosto de 2.002, este Tribunal le dio entrada y admitió la presente demanda. Observando este Tribunal que en fecha 09 de Octubre de 2.002, fue su última actuación de procedimiento en el presente juicio y que habiendo transcurrido un lapso mayor de un (1) año, sin que se haya efectuado ningún acto de procedimiento, considera este Juzgador, que se produjo la Perención de la Instancia, conforme al Artículo 267 del Código de procedimiento Civil en su Encabezamiento, término de Perención totalmente consumado.
En consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente causa con fundamento en la disposición legal antes citada. Así se decide. En Barcelona a los Veintiun (21) días del mes de Junio de Dos Mil Cuatro (2.004). Años: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
El Juez Provisorio.
El Secretario Temporal,
Dr. JESUS MARTINEZ GAGO.
Abog. Jesus Anastacio Gonzalez