REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO SIMON BOLIVAR

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de junio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-S-2004-001144

Vista la anterior solicitud de constancia de consignación de canon de arrendamiento, hecha por Prisvelida Salazar, titular de la cédula de identidad N° 8.305.357, asistida por la abogada en ejercicio Indhira Limongi Liscano, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 91.835, el Tribunal niega su admisión, por cuanto se desprende de auto que las partes escogieron como domicilio especial la ciudad de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, por lo cual este Tribunal se declara incompetente en razón del territorio.- Y así se declara.-
El Jue Temporal


Abg. Jesús Salvador Gutiérrez
La Secretaria


Abg. Carmen Calma


JSG/csh