REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO SIMON BOLIVAR
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de junio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-001144
Vista la anterior solicitud de constancia de consignación de canon de arrendamiento, hecha por Prisvelida Salazar, titular de la cédula de identidad N° 8.305.357, asistida por la abogada en ejercicio Indhira Limongi Liscano, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 91.835, el Tribunal niega su admisión, por cuanto se desprende de auto que las partes escogieron como domicilio especial la ciudad de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, por lo cual este Tribunal se declara incompetente en razón del territorio.- Y así se declara.-
El Jue Temporal
Abg. Jesús Salvador Gutiérrez
La Secretaria
Abg. Carmen Calma
JSG/csh