REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL 3° TRANSITORIO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI

Barcelona, dos (02) de junio de 2004
194 ° Y 145 °

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: BP02-L-2003-000345
PARTE ACTORA: LUIS ENRÍQUE AYALA LUGO.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JULIAN JOSÉ LUGO MARCANO, inscrito en el Inpreabogado 93.885.
PARTE DEMANDADA: EMPRESA SUPER OCTANOS, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: SAMANTHA SANDREA FARÍA, LUIS FEREIRA MOLERO, DAVID FERNÁNDEZ, GERARDO SOTO e IRELINA ROMAY, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 72.729,5.989, 10.327, 72.731 y 89.419 respectivamente.
MOTIVO: ENFERMEDAD PROFESIONAL.


Hoy, miércoles 02 de junio de 2004, siendo las 09:30 a.m, día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma, el ciudadano: LUIS ENRÍQUE AYALA LUGO, en su condición de demandante y el Abog. JULIAN JOSÉ LUGO MARCANO, en su condición de apoderado judicial de éste, por una parte y por la otra el Abogado EDECIO RINCON VELAZQUEZ, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, todos plenamente identificados en autos, dándose así inicio a la audiencia, luego de haber hecho uso de palabra cada una de las partes, el apoderado actor conjuntamente con éste, han considerado necesario desistir del presente procedimiento, y solicitan al Tribunal homologue tal desistimiento otorgándole carácter de cosa juzgada y procediéndose al archivo del presente expediente; en este estado toma la palabra el apoderado de la empresa demandada quien expone: aun cuando el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece, que quien desista de la demanda pagará las costas sino hubiere pacto en contrario, sin indicar esta norma, que el proceso deba encontrarse en una etapa específica, para que sea necesario el consentimiento de la otra parte, por lo que a todo evento y aplicando analógicamente las disposiciones del Código de Procedimiento Civil, artículos 263 al 266, ambos inclusive, renuncio en nombre de mi representada de cualquier cantidad que por costas pudieran corresponder en un momento dado. El Tribunal, vista las deposiciones de las partes, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en autoridad de cosa juzgada, declarando terminado el presente juicio y ordenándo el archivo del presente expediente.
EL JUEZ TEMPORAL

ABOG. JUAN ORTIZ

LOS PRESENTES,



EL SECRETARIO ACCIDENTAL,