REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de junio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-Z-2004-001258
Por recibida la anterior demanda de PENSION DE ALIMENTOS, remitida del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscricpión Judicial de Estado Bolívar, propuesta por la ciudadana MARITZA ELINA GUAREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.521.318, del domicilio del mencionado Tribunal, actuando en nombre y representación de la niña VIVIANA ASTRID FUENMAYOR MARTINEZ, de once (11) años de edad, en contra del Ciudadano LISANDRO ANTONIO FUENMAYOR MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.930.156, quien puede ser localizado en su lugar de trabajo: Centro Comercial "Gran Sabana" Paseo Caroní, Puerto Ordaz, Estado Bolívar, debidamente asistida por el abogado EMILIO GONZALEZ MATA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.696. En consecuencia, esta Sala de Juicio Nº 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescentes, ordena darle entrada a la presente demanda, anotese en los Libros. Se ordena notificar a la Fiscal Decimotercera del Ministerio Público del inicio de la presente demanda, igualmente se insta a la parte demandante a indicar a este Tribunal la dirección exacta de la niña de autos, igualmente quien actua como representante de la misma en el Colegio, por cuanto de autos se desprende que la madre de la niña Ciudadana MARITZA ELINA GUAREZ, se encuentra domiciliada en el Estado Bolívar.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N° 02.-

DRA. NAN JACINTA DURAN
LA SEECRETARIA ACC

ABOG.LORELYS C. FIGUEROA
En la misma fecha del auto anterior de sió cumpliminento a todo lo ordenado en él.
LA SEECRETARIA ACC .

ABOG.LORELYS C. FIGUEROA


AJD/Mary Carmen