REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de junio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-001333
Por recibida la anterior solicitud de REGIMEN DE VISITAS, propuesto por la Fiscal Décimotercero del Ministerio Público Dra. LORYANA DECENA, de esta Circunscripción Judicial, actuando en representación de la niña VERONICA MARIA BAUDY BOCCACCINI, de seis (06) años de edad, junto con los recaudos que en ella se mencionan todo constante de Un (01) folio útil y Cuatro(04) anexos. Désele entrada y anótese en el libro respectivo; en consecuencia esta Sala de Juicio N°.02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, de esta Circunscripción Judicial, LA ADMITE, de conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Cuarto Literal “D”, en concordancia con el Articulo 387 EJUSDEM, y se ordena citar al Ciudadano RICARDO JOSE BADUY GOMEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-8.214.802, domiciliado en: Puerto Píritu, Sector Las Plantas frente al campamento Costa Norte, Estado Anzoátegui, a fin de que comparezca por ante éste Tribunal al Tercer (3er) día de Despacho siguientes a su citación, más Un (01) día que se le concede como término de distancia, a los fines de que exponga lo que creyere conveniente en relación a la presente solicitud. Para la práctica de la citación de comisiona suficientemente al Juzgado de los Municipios Fernando de Peñalver y Píritu, Estado Anzoátegui. Notifíquese a la Ciudadana MARIA ALEJANDRA BOCCACCINI, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-8.248.408, domiciliada en: Calle Eulalia Buroz, Barrio Brisas del Mar, Estado Anzoátegui, a fin de estar presente en el Acto Conciliatorio que realizará la Ciudadana Juez entre las partes. Se le advierte que a ambas partes que en la misma oportunidad se verificara el Acto Conciliatorio a las 10:30 a.m. Líbrense boletas. Asimismo se ordena la práctica de evaluaciones psicológicas y un informe social a los mencionados ciudadanos MARIA ALEJANDRA BOCCACCINI junto a su pareja y al ciudadano RICARDO JOSE BADUY GOMEZ, comisionándose para tal fin al Equipo Técnico de este Tribunal. Igualmente se ordena oír la opinión de la niña VERONICA MARIA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N°.02.

DRA. ANA JACINTA DURAN.-

LA SECRETARIA ACC.

ABOG. LORELYS FIGUEROA.

AJD / ZG.
ASUNTO:BP02-Z-2004-001333.