REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de junio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-001338
Por recibida la anterior solicitud de OFERTA DE PENSION DE ALIMENTOS VOLUNTARIA, para el niño JOSE DAVID TURIPE MEDINA, de cinco (15) años de edad, presentada por el Ciudadano JOSE TURIPE SABALLO, Venezolano, mayor de edad, tirular de la cédula de identidad N° 13.164.581, debidamente asistido porla abogada en ejercicio ADANEVA GUERRRERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 96.408, quien mediante Cheque de Gerencia Nº 45004649 del Banco Del Sur, Agencia Barcelona, emitido a nombre de éste Tribunal, por la suma de SESENTA MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 60.000,oo). Désele entrada. Admítase. Fórmese expediente. Notifíquese por medio de una Boleta a la Ciudadana ROSSMARY CAROLINA MEDINA GUEVARA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.615.074, domiciliada en La Calle san Carlos, cruce con calle Libertad, casa N° 3-75, Barcelona, Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezca por ante éste Tribunal y exponga lo que crea conveniente con relación a la presente solicitud. Líbrese Boleta de Notificación. Notifíquese del inicio del presente procedimiento a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, y se ordena la apertura con el Cheque de Gerencia antes identificado, una cuenta de Ahorro en el Banco Industrial de Venezuela, Barcelona, a nombre del niño arriba identificado, la cual no podrá ser movilizada total o parcialmente sin la previa Autorización de este Tribunal. Asimismo se insta al ciudadano JOSE TURIPE SABALLO, a indicar la cuota especial para los meses de septiembre y Diciembre, referida a los gastos escolares y gastos propios del mes de Diciembre, así como los demás gastos. Líbrese boleta y Oficio.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº 02
DRA. ANA JACINTA DURAN
LA SECRETARIA ACC.
ABOG. LORELYS C. FIGUEROA
En la misma fecha del auto anterior se le diò cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA ACC.
ABOG. LORELYS C. FIGUEROA.
AJD/ Mary Carmen