REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de junio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-001357

Por recibida la anterior solicitud de REGIMEN DE VISITAS, propuesta por la Fiscal Undécimo (E) del Ministerio Público, Dra. EGRIS LIRA ZAMBRANO, actuando en representación del niño LUIS MANUEL VALERIO FERNANDEZ, de ocho (8) años de edad actualmente, junto con los recaudos que en ella se mencionan todo constante de siete (07) folios útiles.- Désele entrada.- Fórmese expediente.- Admítase.- De conformidad con el Articulo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.- En consecuencia se acuerda citar a los Ciudadanos LUIS ELAUTERIO VALERIO AZOCAR y YESENIA ROSALIA FERNANDEZ GUACARAN, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 8.293.226 Y 15.291.484, domiciliados el primero en la calle Santa Rosa, casa N° 4, Lechería, Estado Anzoátegui, y la segunda en Calle principal, casa N° 38, sector Bulbure, Guanta, Estado Anzoátegui, para que comparezcan por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº.02, al Tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a los fines de que dé contestación a la presente demanda. Librese Boleta de Citación. Se le advierte que en la misma oportunidad se verificará un Acto Conciliatorio entre ambas parte a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m). Se ordena oír la opinión del niño LUIS MANUEL VALERIO FERNANDEZ, de conformidad con el Articulo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Asimismo se ordena Sendos Informes Sociales en los hogares y Evaluaciones Psicológicas en la persona de los ciudadanos LUIS ELAUTERIO VALERIO AZOCAR y YESENIA ROSALIA FERNANDEZ GUACARAN, Se comisiona suficientemente a la Trabajadora Social adscrita al Equipo Técnico de este Tribunal.
LA JUEZ UNIPERSONAL N°. 02.

DRA. ANA JACINTA DURAN

LA SECRETARIA ACC.

En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-

LA SECRETARIA ACC.
ajd/ca