REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de junio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-001058
Revisado como ha sido el presente expediente, y visto que el Ciudadano ANDREW JAMES HOHLHOFER LAM, identificado en autos, no compareció al tercer (3er) dia de despacho siguiente a su citación, en consecuencia esta Sala de Juicio N°.02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Acuerda dar por términado el presente expediente de conformidad con el último aparte del artículo 185-A del Código Civil Venezolano, el cuál establece textualmente:..."Si el otro cónyuge no compareciera personalmente o si al comparecer negare el hecho, o si el Fiscal del Ministerio Público lo objetare, se declarará términado el procedimiento y se ordenará el archivo del expediente.". Devuelvanse originales cursantes a los folios 4 al 7 dejando copia en su lugar previa certificación por Secretaria.- Se insta a la parte a proceder por la vía Civil ordinaria; asimismo por cuanto no existen mas actuaciones que practicar en el presente expediente se ordena su remisión al archivo judicial del estado Anzoátegui . Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N°. 02.-
DRA. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.-
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.-
AJD / meli