REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintinueve de junio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-001440
Por recibido el presente expediente emanado del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantíl y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, contentivo de la solicitud de DIVORCIO 185-A, propuesta por los ciudadanos:CARLOS ALBERTO SOTO REYES e INGRID DEL VALLE GONZALEZ TORRES, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-8.306.046 y V- 8.320.832 respectivamente asistidos en este acta por la abogada ELIZABETH JIMENEZ inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.559, actuando en nombre y representación de las niñas CARLOTA ISABEL y PAULA MARION, de siete (07) años de edad respectivamente, junto con los recaudos que en ella se mencionan todos constante de dos (02) folio útil y seis (06) anexos. Por cuanto la misma no es contraria a Derecho este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N°.02, LA ADMITE,. Désele entrada.- Fórmese expediente y anótese en el libro respectivo, en consecuencia la Juez Dra. ANA JACINTA DURAN ,se AVOCA, al conocimiento de la presente causa a objeto de proveer sobre lo solicitado se ordena: 1) Notifíquese a la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público del inicio de la presente solicitud. Librese Boleta de Notificación.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº2.-
DRA. ANA JACINTA DURAN-
LA SECRETARIA
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
AJD/ Carmen.-