REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, veintinueve de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BH06-X-2004-000283
Recibidas como han sido las actuaciones anteriores, correspondientes a la inhibición planteada por la Abogada Ana Jacinta Durán en su carácter de Juez de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, Sala N°.2., por encontrarse incursa en el Ordinal 18 del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, "por enemistad manifiesta entre su persona y la de la abogada Rosa Figuera", ya que dicha profesional del Derecho es apoderada actora en la presente solicitud de Ofrecimiento de Pensión de Alimentos propuesta por el ciudadano Jesús Gregorio Lugo Martí a favor del niño Jesús Gregorio Lugo Velasco contra Luisa Mercedes Velasco Anato; admítase, désele entrada en los libros de causas respectivos llevados por este Tribunal Superior durante el presente año y háganse las anotaciones correspondientes.
En consecuencia, se declara Con Lugar la inhibición planteada, conforme lo dispone el artículo 88 ejusdem, todo lo cual es decidido por este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley.
Juez Superior,

Abg. Rafael Simón Rincón Apalmo
Secretaria,

Abg. María Eugenia Pérez
Seguidamente se remiten las actuaciones, constante de ocho (8) folios útiles, junto con oficio N°.0410- 738. Conste. La Secretaria,

Abg. María Eugenia Pérez