REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, tres de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-R-2004-001405
Vista la diligencia suscrita en fecha 29 de octubre de 2004, por la Dra. OMYL- NATHALY RONDON REYES, abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 74. 810, actuando en su carácter de apoderada de la parte demandante, mediante la cual desiste de la apelación ejercida contra la decisión de fecha 20 de septiembre de 2004, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil ,Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que declara la Perención de la Instancia , en la Acción Mero Declarativa incoada por el ciudadano NINO MATEO OROFINO ANASTASIO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 5. 530. 257; este Tribunal Superior admite dicho desistimiento , lo homologa, pasándolo en autoridad de cosa juzgada. Así se decie administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Conforme fue solicitado por la parte diligenciante , se acuerda la devolución de los documentos requeridos y señalados en la citada diligencia, previa su certificación en autos.
El Juez Superior,
Abg. Rafael Simón Rincón Apalmo
La Secretaria,
Abg. María Eugenia Pérez
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