REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 11 de Noviembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2001-000482
ASUNTO : BP01-P-2001-000482



Vista la solicitud presentada por el Dr. RICARDO MAITA, en su carácter de Fiscal Segundo Auxiliar del MInisterio Püblico de éste Estado, mediante la cual pide a éste Despacho se decrete el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano DANIEL JESUS TARACHE ACOSTA, titular de la cédulasde identidad número 15.878.150, por el delito de Actos Lascivos, cometido en perjuicio de MARIA DE LOS ANGELES DELGADO CARABALLO; todo de conformidad con lo pautado en el numeral 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; éste Tribunal de Control Nro. 02 para decidir observa:

Se desprende de la denuncia interpuesta por la Adolescente MARIA DE LOS ANGELES DELGADO CARABALLO, que el ciudadano Daniel, se introdujo en el baño de su residencia cuando se disponía a dar un baño y con un cuchillo la amenazó, en ese momento pidió auxilio y éste salió corriendo; por lo que a criterio de ésta Instancia Penal, el hecho objeto del proceso no se realizó; es decir, el imputado de autos en ningún momento realizó actos lascivos en perjuicio de la mencionada victima, Por consiguiente, lo ajustado a derecho es decretar el Sobreseimiento de la causa conforme al artículo 318, numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal; declarándose con lugar la solicitud Fiscal y así se decide.

DISPOSITIVA

Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzóategui, con funciones de Control Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la Répública Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Con Lugar la solicitud presentada por el Dr. RICARDO MAITA, en su carácter de Fiscal Segundo Auxiliar del Ministerio Püblico de éste Estado; en consecuencia, se decreta el Sobreseimiento de la causa conforme al artículo 318, numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano DANIEL JESUS TARACHE ACOSTA, titular de la cédulasde identidad número 15.878.150, por el delito de Actos Lascivos, cometido en perjuicio de MARIA DE LOS ANGELES DELGADO CARABALLO; decisión ésta que una vez definitivamente firme, pondrá término al procedimiento, con el carácter de Cosa Juzgada, haciendo cesar todas las Medidas de Coerción que hubieren sido dictadas. Regístrese. Notifiquese a las partes.
EL JUEZ DE CONTROL Nro: 02.

Dr. JOSE FRANCISCO MOLINA.

LA SECRETARIA.

Abg. NEREIDA REYES.