REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2000-001772
ASUNTO : BP01-P-2000-001772
AUTO DE EJECUCION DEL SOBRESEIMIENTO
Definitivamente firme como ha quedado el auto de sobreseimiento dictado en fecha 11-03-2004, por el Tribunal de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante la cual Decreta el Sobreseimiento de la causa, a favor del ciudadano FRANCISCO JOSE BELLORIN, quien es titular de la cédula de identidad N° 11.418.489, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4to del Código Orgánico Procesal Penal, respecto al delito de ROBO FRUSTRADO EN LA MODALIDAD DE ROBO ARREBATON EN GRADO DE COMPLICIDAD, tipificado en el único aparte del artículo 458 del Código Penal, en relación con los artículos 80 en su segundo aparte y ordinal 1ro del artículo 84 ejusdem.
En consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano FRANCISCO JOSE BELLORIN, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 11.418.489, hijo de Francisco Vellorí (D) y de Juana Gutierrez (V) de estado civil soltero, nacido el día 12-03-1973m domiciliado en Guaribe de Tenepe, Carretera Real, Vía Trinchera, Finca Pantanal, Estado Anzoátegui. Oficíese al Ministerio de Interior y Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, a la División del Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas, (SIPOL), Delegación Caracas, Barcelona y Puerto La Cruz, a objeto de que eliminen las posibles solicitudes de captura que pesan sobre el mencionado ciudadano en relación a este causa signada con el NO. BPO1-P-2000-001772. Igualmente remítase la presente causa en su forma original a los archivos judicial del Estado, a los fines de su cuido y archivo. Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado. DR. JOSE LUIS AZUAJE, a la Defensa Pública, DRA. SOLANGEL GONZALEZ, y al ciudadano FRANCISCO JOSE BELLORIN.
EL JUEZ DE EJECUCION N° 02.,
DR. JOSE DELFIN CARRILLO GARCIA,
LA SECRETARIA.,
ABG. NEREIDA REYES