Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintinueve de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-M-2004-000328
Vista la diligencia de fecha de fecha 22 de Noviembre de 2004, suscrita por la abogada en ejercicio ANABEL RODRIGUEZ GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 27.887 , en su carácter de apoderada Judicial del Fondo de Financiamiento y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria del Estado Anzoátegui (FONDEPMI), en su caracter Apoderada Judicial de la parte actora, por una parte y por la otra el ciudadano CESAR RAFAEL BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.469.053, en su carácter de Presidente de la empresa QUESERA JAGUEICITO, C.A.,parte demandada, asisto por la abogado en ejercicio Teresa de Ortiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.498; mediante la cual de mutúo y común acuerdo convinieron en suspender la presente causa por ocho (08) días a partir de dicha fecha supra indicada de suscripción de diligencia .- Este Tribunal por cuanto lo solicitado por ambas partes no es contrario a derecho, HOMOLOGA la Suspensión de la causa, por ocho días, a partir del día 22 de Noviembre de 2004, de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Segundo del artículo 202 del Código de Procedimiento Civil.- Cúmplase.-
El Juez Temporal,
Henry Agobian Viettri
La Secretaria,
Jorgymar Pumar Suniaga.
HAV/ah.-
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