REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-V-2003-000265

Visto el Convenimiento suscrito entre las partes, ciudadanos ARQUIMEDES JOSÉ CARVAJAL, en su carácter de demandante y los ciudadanos HUMBERTO JOSÉ LIENDO RIVAS y FRANKLIN JOSE LIENDO RIVAS, en su caracteres de codemandados en el presente juicio por DAÑOS Y PERJUICIOS, asistidos por el Abogado PEDRO CARVAJAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 88.857, presentado en fecha 7 de Noviembre de 2.003, el cual corre inserto al folio No. 19 del Cuaderno Principal, el Tribunal, por cuanto dicho Convenimiento no es contrario a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, lo HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito y así se decide.- Se da por terminado el presente juicio y se ordena remitirlo al ARCHIVO JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, a los fines de su archivo.- Remítase con oficio.- Cúmplase.-
La Juez Provisorio,

Dra. Ida Tineo de Mata.- La Secretaria Acc.,

Abg. Marieugelys García Capella.-
Interlocutoria.-
Convenimiento.-
ITdeM/jebl.-