REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-S-2004-001736
Vista la anterior solicitud, presentada por la ciudadana YELITZA QUINTERO SOLÓRZANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 3.954.114, casada, de este domicilio, asistida del Abogado JAIME VERONA GONZÁLEZ, Inscrito en el Inpreabogado con el N°.30.409, mediante la cual pide que las anteriores diligencias se declaren Título bastante a asegurarles el derecho de propiedad que tienen tanto ella como su cónyuge, ciudadano PABLO RODOLFO RODRÍGUEZ RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.4.003.464; sobre las bienhechurías a que se refiere y vistas asimismo las declaraciones contestes rendidas por las ciudadanas MARISABEL GÓMEZ ROSALES Y MARÍA ANGÉLICA RIVERO RODRÍGUEZ, identificadas en autos, consta que los referidos solicitantes han fomentado, en una parcela de terreno de su propiedad, distinguida con el N°. 02, ubicada en la parcela dividida, sin número, ubicada en Calle La Pinta, hoy, Calle 5 de Lechería, Municipio Lic. Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, con una superficie aproximada de Doscientos Veintiun Metros Cuadrados (221 Mts2) y alinderada: NORTE: Parcela de terreno propiedad de Iraima Quintero Solórzano de Rodríguez; SUR: Parcela de terreno propiedad del señor Goyo; ESTE: Su frente Calle 5 de Lechería y OESTE: Csa de Miteria Vásquez; las siguientes bienhechurías consistentes en una vivienda unifamiliar de tres niveles con construcción combinada y techos de tejas, distribuida de la manera siguiente: Planta Baja:Con un área de construcción aproximada de 173,88 metros cuadrados, constante de hall de entrada, sala comedor, cocina, baño auxiliar, área de servicio con baño, patio jardín y área de circulación vehicular. Primer Nivel: Con un área de construcción de aproximadamente 138,60 Metros cuadrados, la cual consta de área de circulación, tres habitacionescon baños y balcón y el Segundo Nivel: Con un área de construcción de 135,60 mtsros cuadrados, la cual consta de área de circulación, estudio, habitación principal con vestier, baño y balcón.La construcción en general es de estructura metálica, paredes de bloques de arcilla y friso acabado liso o con revestimiento de tablillas, puertas de madera, ventanas de madera y vidrio, pisos de terracota y cerámica de gres, instalaciones de aguas blancas, negras e instalaciones eléctricas y demás especificaciones que constan en el escrito de solicitud y por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas actuaciones suficientes para acreditar el derecho de propiedad que alegan los solicitantes sobre dichas bienhechurías, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. Se da por terminada la presente Solicitud. Entréguense estas actuaciones originales al solicitante y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Juzgado durante el presente año.
LA JUEZ,


DRA. IDA TINEO DE MATA
LA SECRETARIA ACC.,


DRA. MARIEUGELYS GARCÍA CAPELLA.
En la misma fecha anterior se devolvió original en (16 ) folios útiles. Conste.
LA SECRETARIA ACC.,


DRA. MARIEUGELYS GARCÍA CAPELLA.