REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-002316
Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana: MARÍA ISABEL GOLINDANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 8.237.660, de este domicilio, y en representación de los ciudadanos: MARÍA ENEIDA GOLINDANO, MARISEL JOSEFINA GOLINDANO, JOSÉ ELIO CARVAJAL GOLINDANO, JULIO JOSÉ GOLINDANO, DOMINGO ANTONIO GOLINDANO y OSVALDO JOSÉ GOLINDANO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.217.708, 8.261.549, 8.204.109, 8.256.747, 8.278.438 y 13.367.439, repectivamente, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARIANGELLA DECENA y FEUNY HERRERA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros.100.721 y 82.984, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: ORLANDO RAFAEL AGUILERA PEREZ y RUBISEL MARGARITA SALAVERRIA BRACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 8.233.432 y 8.270.635, respectivamente, quienes manifestaron que conocen de vista, trato y comunicación a la Sra. MARIA ISABEL GOLINDANO y a sus hermanos; igualmente conocieron a su madre quien en vida se llamara ANTONIA GOLINDANO y era su madre legitima, que saben y les consta que los Únicos y Universales Herederos son: MARÍA ISABEL GOLINDANO, MARÍA ENEIDA GOLINDANO, MARISEL JOSEFINA GOLINDANO, JOSÉ ELIO CARVAJAL GOLINDANO, JULIO JOSÉ GOLINDANO, DOMINGO ANTONIO GOLINDANO y OSVALDO JOSÉ GOLINDANO,que saben y les consta que la difunta ANTONIA GOLINDANO, falleció el día 14 de Octubre de 2.003, en la ciudad de Barcelona, del Estado Anzoátegui, que saben y les consta que la Sra. ANTONIA GOLINDANO, trabajó en el Instituto Nacional de Nutrición y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a la ciudadana, MARÍA ISABEL GOLINDANO, y a sus hermanos: MARÍA ENEIDA GOLINDANO, MARISEL JOSEFINA GOLINDANO, JOSÉ ELIO CARVAJAL GOLINDANO, JULIO JOSÉ GOLINDANO, DOMINGO ANTONIO GOLINDANO y OSVALDO JOSÉ GOLINDANO, COMO LOS UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su causante ANTONIA GOLINDANO, dejando a salvo los derechos de terceros.
El Juez Provisorio,
Dr. JESÚS MARTÍNEZ GAGO.
La Secretaria,
Dra. MARÍA RENZULLI DÁVILA.
JMG/Gledys.-