REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-F-2004-000067
Visto los escritos de promoción de pruebas presentados por la ciudadana REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-F-2004-000067
Visto los escritos de promoción de pruebas presentados por la ciudadana MAIROBEL MARTINEZ MAESTRE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.255.518, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio GERSON GUANIQUE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.190, y por el ciudadano LUIS JOSE CARDONA BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.813.371, asistido por lña Abogada en ejercicio MARIA DE LOS ANGELES REQUENA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 96.328, y visto el contenido de los mismos, este Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, con excepción de la prueba contenida en el Capítulo Quinto del escrito de Promoción de pruebas presentado por el ciudadano LUIS JOSE CARDONA BLANCO, por ser impertinente. Así se decide. El Tribunal para evacuar dichas pruebas lo hace de la siguiente manera: PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDANTE: Se comisiona al Juzgado del Municipio Libertad de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a quien se le ordena remitir Despacho junto con Oficio, a los fines de que rinda su declaración el ciudadano FRANK MAESTRE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.817.642. Se comisiona al Juzgado Distribuidor del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui a los fines de que rindan sus declaraciones los ciudadanos ASNALDO LEON RODRIGUEZ y GEOMER CRESPO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 3.026.784 y 16.913.121, todos domiciliados en Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, para lo cual se le ordena librar Despacho y remitirlo con oficio. PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA : Se comisiona al Juzgado de los Municipios Aragua, Santa Ana y Sir Arthur Mac Gregor de esta Circunscripción Judicial, a quien se le ordena librar Despacho junto con Oficio, a los fines de que rindan sus testimoniales los ciudadanos JOSE MARIA DUERTO LANZA, ANDRES ELOY BLANCO CABRERA, RENY OCTAVIO MENDOZA ZAMORA, y ENEIDA JOSEFINA MARTINEZ FLORES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 5.998.520, 11.026.979, 17.785.307 y 8.209.096, respectivamente. A los fines de evacuar la prueba de informes contenida en el Capítulo IV, se ordena Oficiar al Gerente del Banco de Venezuela en la ciudad de Anaco del Municipio Aragua alos fines de que informe a este Tribunal, los Números de Cuenta Personal, Estado de cuenta, los movimientos y el efectivo existente de estos, en los últimos cuatro (4) años que ha realizado la ciudadana MAIROBEL MARTINEZ MAESTRE. Líbrese Oficio. Se ordena oficiar al Gerente del Banco Provincial en la ciudad de Anaco para que informe a este Tribunal los Números de Cuenta Personal, Estado de cuenta, los movimientos y el efectivo existente de estos, en los últimos cuatro (4) años que ha realizado la empresa INVERSIONES CEL-ARA, C.A., presidida por la ciudadana MAIROBEL MARTINEZ MAESTRE. Líbrese Oficio. Se ordena oficiar al Gerente del Banco Provincial en la ciudad de Anaco para que informe a este Tribunal los Números de Cuenta Personal, Estado de cuenta, los movimientos y el efectivo existente de estos, en los últimos cuatro (4) años que ha realizado la ciudadana MAIROBEL MARTINEZ MAESTRE. Líbrese Oficio.
El Juez Provisorio.
Dr. JESÚS MARTINEZ GAGO. La Secretaria,
Dra.MARIA RENZULLI DAVILA.
JMG/mónica
, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.255.518, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio GERSON GUANIQUE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.190, y por el ciudadano LUIS JOSE CARDONA BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.813.371, asistido por lña Abogada en ejercicio MARIA DE LOS ANGELES REQUENA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 96.328, y visto el contenido de los mismos, este Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, con excepción de la prueba contenida en el Capítulo Quinto del escrito de Promoción de pruebas presentado por el ciudadano LUIS JOSE CARDONA BLANCO, por ser impertinente. Así se decide. El Tribunal para evacuar dichas pruebas lo hace de la siguiente manera: PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDANTE: Se comisiona al Juzgado del Municipio Libertad de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a quien se le ordena remitir Despacho junto con Oficio, a los fines de que rinda su declaración el ciudadano FRANK MAESTRE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.817.642. Se comisiona al Juzgado Distribuidor del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui a los fines de que rindan sus declaraciones los ciudadanos ASNALDO LEON RODRIGUEZ y GEOMER CRESPO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 3.026.784 y 16.913.121, todos domiciliados en Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, para lo cual se le ordena librar Despacho y remitirlo con oficio. PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA : Se comisiona al Juzgado de los Municipios Aragua, Santa Ana y Sir Arthur Mac Gregor de esta Circunscripción Judicial, a quien se le ordena librar Despacho junto con Oficio, a los fines de que rindan sus testimoniales los ciudadanos JOSE MARIA DUERTO LANZA, ANDRES ELOY BLANCO CABRERA, RENY OCTAVIO MENDOZA ZAMORA, y ENEIDA JOSEFINA MARTINEZ FLORES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 5.998.520, 11.026.979, 17.785.307 y 8.209.096, respectivamente. A los fines de evacuar la prueba de informes contenida en el Capítulo IV, se ordena Oficiar al Gerente del Banco de Venezuela en la ciudad de Anaco del Municipio Aragua alos fines de que informe a este Tribunal, los Números de Cuenta Personal, Estado de cuenta, los movimientos y el efectivo existente de estos, en los últimos cuatro (4) años que ha realizado la ciudadana MAIROBEL MARTINEZ MAESTRE. Líbrese Oficio. Se ordena oficiar al Gerente del Banco Provincial en la ciudad de Anaco para que informe a este Tribunal los Números de Cuenta Personal, Estado de cuenta, los movimientos y el efectivo existente de estos, en los últimos cuatro (4) años que ha realizado la empresa INVERSIONES CEL-ARA, C.A., presidida por la ciudadana MAIROBEL MARTINEZ MAESTRE. Líbrese Oficio. Se ordena oficiar al Gerente del Banco Provincial en la ciudad de Anaco para que informe a este Tribunal los Números de Cuenta Personal, Estado de cuenta, los movimientos y el efectivo existente de estos, en los últimos cuatro (4) años que ha realizado la ciudadana MAIROBEL MARTINEZ MAESTRE. Líbrese Oficio.
El Juez Provisorio.
Dr. JESÚS MARTINEZ GAGO. La Secretaria,
Dra.MARIA RENZULLI DAVILA.
JMG/mónica