REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-002138
Vista la anterior solicitud de RECONOCIMIENTO DE FIRMA, propuesto por el ciudadano BENIGNO CARDENAS PINTO, de nacionalidad colombiana, titular de la Cédula de Identidad N° E-381.644, debidamente asistido por la Dra. MARIANELLA PALMA HERNANDEZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.603, este Tribunal le da entrada y a los fines de su admisión o no, hace las siguientes consideraciones:
De la revisión minuciosa que debe hacer el Juez del libelo y de los recaudos, se pudo constatar que la presente solicitud no cumple con lo previsto en los Artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, por lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrandoi justicia en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA ADMISIÓN de la presente solicitud. Así se decide.
El Juez Provisorio,
Abog. Jesus Martinez Gago
La Secretaria
Dra. María Renzulli Dávila.
JMG/lorena.-