REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-002215
Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por los ciudadanos: JORGE ALBERTO PUCHETE y NATIVIDAD DEL CARMEN LOZANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédula de Identidad Nros. 4.216.182 y 8.207.046, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio CESAR AUGUSTO HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.159, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de las ciudadanas: ROSARIO GOMEZ DE VELIZ y SONIA MARGARITA BASTARDO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 8.211.733 y 8.273.303, respectivamente, quienes manifestaron que conocen de vista, trato y comunicación, desde hace varios años a los ciudadanos: JORGE ALBERTO PUCHETE y NATIVIDAD DEL CARMEN LOZANO, igualmente conocieron a su hijo quien en vida se llamara WINTHER JOSÉ PUCHETE, y estaba domiciliado en la Parroquia del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, que saben y les consta que WINTHER JOSÉ PUCHETE LOZANO, falleció ab-intestato el día 04 de Julio de 2.003 en el Hospital Dr. Luis Razetti, en la ciudad de Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, que les consta que los ciudadanos: JORGE ALBERTO PUCHETE y NATIVIDAD DEL CARMEN LOZANO son los Únicos y Universales Herederos de su mencionado difunto hijo, y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados, considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a los ciudadanos, JORGE ALBERTO PUCHETE y NATIVIDAD DEL CARMEN LOZANO, COMO LOS UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su causante WINTHER JOSÉ PUCHETE LOZANO, dejando a salvo los derechos de terceros. Asimismo se ordena expedir por Secretaría (02) juegos de copias certificadas de toda la Solicitud.
El Juez Provisorio,
Dr. JESÚS MARTÍNEZ GAGO.
La Secretaria,
Dra. MARÍA RENZULLI DÁVILA.
JMG/Gledys.-