REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, primero de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-L-2004-000473
Visto el desistimiento realizado por la parte actora en cuanto a la empresa PANADERIA y PASTELERIA y ESQUISITECES PRIMAVERA, mediante diligencia de fecha veintinueve (29) de octubre de dos mil cuatro (2004), suscrita por la ciudadana YAMILE GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 45.735.529, debidamente asistida por la Procuradora Especial de Trabajadores, Abogada LAURAMARINA SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 81.482. Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, homologa el desistimiento, en consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente. Déjese copia certificada de la presente decisión. Cúmplase.-
La Juez,
Abg. Yissein López.
El Secretario Acc,
Abg. Wilmer Tovar.
YL/WT/mr.-