REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho (8) de Noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-L-2004-000714
PARTE ACTORA:ALEJANDRINO MARTINEZ ALVARADO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RAQUEL GARCIA SALAZAR
PARTE DEMANDADA: SERENOS RESPONSABLES C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: RAFAEL BRAZÓN VÁSQUEZ y ANDREINA BLANCO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, ocho (8) de Noviembre de 2004, siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: ALEJANDRINO MARTINEZ ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.4.215.807, asistido por la Abogado RAQUEL GARCÍA SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.91.853, tal y como consta de Poder original que riela a los folios nueve (9) y diez (10) del presente expediente y por la otra parte el Abogado RAFAEL BRAZÓN VÁSQUEZ y ANDREINA BLANCO, Inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.80.758 y 98.130, en su carácter de Apoderados Judiciales de la empresa SERENOS RESPONSABLES SERECA, C.A., tal y como consta de Sustitución de poder que riela a los folios veintiuno (21) y veintidós (22) del presente expediente. La ciudadana Juez, da inicio a la prolongación de la Audiencia Preliminar y explicó a las partes el objeto de la audiencia y la necesidad de que concilien sus intereses en contrapuestos, concediéndole el derecho de palabra a cada una de las partes, comenzando la parte demandante y luego la parte demandada quienes expusieron sus planteamientos. El actor una vez revisada sus pretensiones, ajusta el monto de la pretensión contenida en el libelo en la cantidad de TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES sin céntimos (Bs.3.200.000,00). Seguidamente el apoderado de la demandada expone: vista la reconsideración hecha por el actor de su pretensión ésta representación en nombre de la empresa demandada está de acuerdo en pagar la cantidad planteada de TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES sin céntimos (Bs.3.200.000,00), para el día quince (15) de Noviembre de 2004. Seguidamente interviene el ciudadano ALEJANDRINO MARTINEZ ALVARADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.4.215.807 y expone: Acepto la cantidad ofrecida por la representación de la demandada en los términos y condiciones planteada y en tal sentido declaro que con el pago de dicha cantidad quedan cubiertos todos y cada uno de los conceptos laborales demandados en el escrito libelar que cursa en autos, no quedando así la empresa demandada a deberme nada por ningún concepto derivado de la relación laboral. Ambas partes, solicitamos respetuosamente del Tribunal le imparta la homologación al acuerdo que hemos llegado, de por concluida la audiencia preliminar y el presente proceso. Este Tribunal, oídas las deliberaciones de las partes de acuerdo a lo establecido en los Artículos 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento, 89 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluida la Audiencia Preliminar y terminado el presente proceso por Cobro de Prestaciones Sociales y demás beneficios laborales como consecuencia de la relación laboral existente, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ciudadano: ALEJANDRINO MARTINEZ ALVARADO, ya identificado; ni normas de orden público, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN JUDICIAL celebrada entre las partes, dándole carácter de Cosa Juzgada, no se ordena el archivo del expediente hasta tanto la parte demandada empresa SERENOS RESPONSABLES C.A., (SERECA), cumpla con el pago de la totalidad de las cantidades ofrecidas en pago, se ordena la devolución de los escritos de pruebas presentados y sus anexos. Finalmente, el ciudadano Juez, ordenó la lectura íntegra de la presente Acta, quedando así las partes debidamente enteradas de su contenido dándose por terminada la audiencia preliminar; siendo las dos y cuarenta y cinco minutos de la tarde (2:45 P.M.). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
La Juez,
Abg. YISSEIN LÓPEZ
El Secretario Acc.,
Abg.Wilmer Tovar
El demandante
Apoderada del demandante Apoderados de la demandada
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