REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-L-2004-000184

Visto el escrito de fecha, 05/11/04, suscrito por la ciudadana INES FIGARELLA DE LOSADA, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 29.207, en su condición de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil ENVIROMENTAL SOLUTIONS DE VENEZUELA, C.A. parte demandada en el presente asunto y el ciudadano CARLOS MACADAN, titular de la cédula de identidad No. 8.294.808, debidamente asistido por el ciudadano CARLOS MARCANO, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 94.362, parte actora; en el cual suscriben una transacción; en consecuencia este Juzgado, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le Imparte la Homologación. Y así se decide. Asimismo, se da por terminado el presente procedimiento, se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas por las partes en la presente transacción y se ordena el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada del presente auto. Dado, firmado, sellado y refrendado en la sede del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
El Juez

Abg. Sergio Millán Charles La Secretaria

Abg. Romina Vacca

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado. Conste.-

La Secretaria

Abg. Romina Vacca