REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
N° DE EXPEDIENTE:BP02-L-2004-000722
PARTE ACTORA:MANUEL ARREAZA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: AGUSTIN MILLAN MARCANO y SANDINO DUARTE
PARTE DEMANDADA: ORGANIZACION DE SEGURIDAD INTEGRAL E-33 (OSIE 33)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DESCONOCIDOS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, tres (03) de Noviembre de 2004, siendo las 9:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de las partes, aun cuando el ciudadano Alguacil adscrito a este Juzgado, realizo el llamado de Ley a las puertas del Tribunal. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 145 y 194.
El Juez
Abog. Sergio Millán
La Secretaria
Abg. Romina Vacca
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